Tema:Procedase a reservar los terrenos que surjan de la subdivisión de la actual Manzana Nº 36 (Nomenclaturas anterior Nº 39) del Sector 2, Circunscripción 1 del ejido de Gobernador Costa
VISTO:
La necesidad de transferir terrenos a favor del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, con destino exclusivo a la ejecución de Planes Habitacionales, y
CONSIDERANDO:
QUE; en la órbita del patrimonio de la Municipalidad de Gobernador Costa existe disponibilidad de terrenos para el fin señalado en el Visto.-
QUE; es preciso favorecer asentamiento de viviendas con destino a familias domiciliadas en nuestra localidad.-
QUE es necesario la reserva y transferencia de lotes a favor del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades conferidas por Ley XVI – 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A:
Artículo 1º: PROCÉDASE a RESERVAR, por el término de tres (3) años, con pacto de retroventa, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, los terrenos que surjan de la subdivisión de la actual Manzana Nº 36 (Nomenclaturas anterior Nº 39) del Sector 2, Circunscripción 1 del ejido de Gobernador Costa.——————————————————-
Artículo 2º: AUTORIZASE la transferencia de los lotes que surjan de la subdivisión de la actual Manzana Nº 36, a favor del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, una vez firmado los Convenios de Ejecución de las obras de planes habitacionales.———–
Artículo 3º: Exímase del pago de obligaciones Municipales de los citados terrenos reservados.——————————————————————————————————–
Artículo 4º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal.———————————————-
Artículo 5º: De Forma.——————————————————————————————
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante Municipal de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, a los Veintiséis días del mes de Junio del año Dos mil trece, Sesión Especial, según consta en Acta Nº 924/13.HCD.GC.—————————–
