Año: 2013 Ordenanza N°: Fecha: 2013-05-14

Ordenanza: Ratificación Convenio Ejecutivo Ampliatorio con IPVyDU. 2 Viviendas de 3 dormitorios p/Personal Salud.

Tema: Ratificación Convenio Ejecutivo Ampliatorio con IPVyDU. 2 Viviendas de 3 dormitorios p/Personal Salud.-

VISTO:

El Convenio Ejecutivo Ampliatorio para la ejecución de 2 viviendas de 3 dormitorios para personal de Salud 

CONSIDERANDO:

QUE; con el mencionado convenio ampliatorio, el IPV y DU aportará una suma adicional de Pesos sesenta mil ochocientos setenta con cincuenta y dos centavos  ($60.870,52) a la suma original de $373.023,91 que fuera ratificada por Ordenanza Nº 029/11.MGC., elevando con ello el monto total de ejecución de la Obra construcción de 2 viviendas de 3 dormitorios para personal de Salud, a la suma de $433.894,43, encontrándose por estos momentos cada obra en un grado de ejecución del 85%, a través del sistema de Obra Delegada Municipal.- 

QUE por estos días se insiste con la optimización de la calidad de atención en el Hospital rural local, por lo tanto, contar con viviendas disponibles para personal de Salud con traslado a Gobernador Costa constituye evidente necesidad para la ratificación del Convenio Ampliatorio suscrito con el IPV y DU.- 

QUE la ratificación del documento del Visto debe realizarse mediante Ordenanza Municipal contemplándose asimismo el ingreso de las sumas financieras de cada uno de ellos al Presupuesto Municipal del ejercicio 2013 para permitir la continuidad de las obras.-

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE MUNICIPAL DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le otorga la Ley XVI – Nº 46, sanciona con fuerza de:

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: RATIFÍCASE EN TODOS SUS TERMINOS el Convenio Ejecutivo Ampliatorio para la ejecución de 2 viviendas de 3 dormitorios para personal de Salud suscripto con el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano en fecha 04 de abril de 2013 por una suma ampliatoria de Pesos sesenta mil ochocientos setenta con cincuenta y dos centavos  ($60.870,52).—————————————————————————————-

Artículo 2º: Autorizase al Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias menester para dar efectivo cumplimiento a las obligaciones derivadas  del documento ratificado en el Artículo 1° de la presente Ordenanza.————————————————-

Artículo 3º: De Forma.——————————————————————————————

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Chubut, en Sesión Ordinaria a los Catorce días del mes de Mayo del año Dos mil Trece, según consta en Acta Nº 920/13.HCD.GC..—————————————

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