Año: 2013 Ordenanza N°: Fecha: 2013-04-03

Ordenanza: días y horarios autorizados para la recolección del material resultante de limpieza de patios.

Tema: días y horarios autorizados para la recolección del material resultante de limpieza de patios.-

VISTO:

El material resultante de la limpieza de patios, tales como escombros, podas, etc.,  que son arrojados o sacados hacia la vía pública de nuestra localidad,

CONSIDERANDO:

QUE es necesario crear un régimen de días y horarios autorizados para extraer de los domicilios particulares el material resultante de las limpiezas de patios.-

QUE por lo tanto resulta menester establecer días y horarios donde los vecinos puedan depositar el material resultante de las limpiezas de patios a los fines de que personal municipal o contratados proceda a su recolección.-  

QUE esta Municipalidad trabaja constantemente a los fines de mantener la limpieza de la vía pública, y esta modalidad que busca ser creada y regulada se sumaría a este objetivo de un “Gobernador Costa limpio”.-  

POR ELLO: 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, CHUBUT, en ejercicio de las previsiones de la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

Artículo 1º: Prohíbase la extracción de material producto de limpieza de patios e inmuebles en construcción (escombros, residuos de podas o similares) en la vía pública cuando la misma no se realice conforme al procedimiento previsto en la presente Ordenanza.——————————————————————————————————–

Artículo 2º: Los vecinos que realicen la extracción de este tipo, deberán notificar fehacientemente al Corralón Municipal para la extracción del material con una antelación de cuarenta y ocho (48) horas al día que se prevé en la presente norma.————————-

Artículo 3º: Determínase como día para sacar el material producto de la limpieza de patios (escombros, residuos de podas, etc.) hacia la vía pública, los días LUNES  a partir de las 18:00 Hs. y MARTES, inclusive, antes de las 13:00Hs.———————————————-

Artículo 4º: Esteblécese como días de recolección del material producto de la limpieza de patios (escombros, residuos de podas, etc.) los MARTES en horario de 08:30 a 13:30 hs.—-

Artículo 5º: Los vecinos que no cumplan con el procedimiento previsto en la presente Ordenanza y retiren material a la vía pública serán pasibles de una multa de Ciento veinticinco (125) módulos.————————————————————————————-

Artículo 6º: De Forma.——————————————————————————————  

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria a los Tres días del mes de Abril del año Dos mil trece, según consta en Acta Nº 917/13.HCD.GC.—————————–

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