Tema: Derogación de los Artículos 32, 33, 34, 35, 36, y 37 de la Ordenanza Municipal Nº 067/2013.MGC.-
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 67/2013.MGC., y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicha norma se resolvió la situación de los adjudicatarios de las viviendas del programa PROSOL.-
Que en ese sentido se condonaron las deudas en concepto de pago de viviendas construidas mediante dicho programa.-
Que las mencionadas viviendas se encontraban construidas algunas sobre tierras fiscales y otras sobre terrenos de propiedad de los adjudicatarios.-
Que por tal razón fue necesario adjudicar los lotes fiscales sobre los que se encontraban las viviendas.-
Que por un error, el Concejo Deliberante incluyó adjudicaciones de los lotes privados sobre los que se encuentran construidas algunas viviendas del plan PROSOL.-
Que para subsanar dicho error deviene imprescindible derogar los artículos Nº 32, 33, 34, 35, 36, y 37 de la Ordenanza señalada en el Visto.-
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE MUNICIPAL DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le otorga la Ley XVI – Nº 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: DEROGUENSE los Artículos 32, 33, 34, 35, 36, y 37 de la Ordenanza Municipal Nº 67/2013.MGC.————————————————————————————————
Artículo 2º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-
Artículo 3º: De Forma.——————————————————————————————
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Chubut, en Sesión Ordinaria a los Veintiocho días del mes de Octubre del año Dos mil catorce, según consta en Acta Nº 957/14.HCD.GC.———————
