Tema: Ratificación Convenio Ejecutivo IPVyDU para construcción de 3 viviendas de 2 dormitorios.-
VISTO:
El Convenio Ejecutivo de 3 viviendas de 2 dormitorios suscripto el 14 de Agosto de 2014 entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano (IPVyDU.) y la Municipalidad de Gobernador Costa, y
CONSIDERANDO:
Que el 04 de abril de 2013, ambas partes habían suscripto un Convenio Compromiso por la suma de Pesos Seiscientos trece mil ochocientos sesenta y uno con veintitrés Centavos ($613.861,23) a los fines de la ejecución de la obra “Construcción de 3 viviendas de 2 dormitorios”, el cual fue ratificado oportunamente por la Ordenanza Municipal Nº 027/2013.MGC..-
Que a través del Convenio Ejecutivo de Obra Delegada citado en el Visto, el IPVyDU, en lugar de la cifra inicial, aportará la suma de $1.126.201,11 cifra que es susceptible de eventuales redeterminaciones de precios que sean aprobadas por el Instituto.-
Que consecuentemente se está incrementando una cifra de Pesos Quinientos doce mil trescientos treinta y nueve con ochenta y ocho centavos ($512.339,88) al presupuesto inicial para la ejecución de estas obras, las cuales se efectuarán por el sistema de obra delegada municipal favoreciendo a constructores locales.-
Que conforme el destacado beneficio que supone la construcción de viviendas como una solución habitacional para los vecinos de la localidad, este Concejo Deliberante estima necesaria la ratificación del Convenio que se ha tenido a la vista, en cumplimiento de la cláusula Novena y del Artículo 44 de la Ley XVI Nº 46.-
Que no se encuentran objeciones respecto a las demás cláusulas y obligaciones a las que se comprometen las partes mediante la firma del convenio visto.-
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE MUNICIPAL DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le otorga la Ley XVI – Nº 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: RATIFÍCASE en TODOS SUS TÉRMINOS el Convenio Ejecutivo de Obra Delegada para la construcción de 3 viviendas de 2 dormitorios firmado con el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano el 14 de Agosto de 2014, por una suma ampliatoria de presupuesto de Pesos Quinientos doce mil trescientos treinta y nueve con ochenta y ocho centavos ($512.339,88) totalizando una inversión de Pesos Un Millón ciento veintiséis mil doscientos uno con once centavos ($1.126.201,11).————————————————————————————————
Artículo 2º: AUTORÍZASE al Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias que sean menester a los fines de dar efectivo cumplimiento a las obligaciones derivadas del Convenio ratificado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, el cual se adjunta como Anexo I.—————–
Artículo 3º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.————————————————————-
Artículo 4º: De Forma.——————————————————————————————
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Chubut, en Sesión Ordinaria a los Dieciséis días del mes de Septiembre del año Dos mil catorce, según consta en Acta Nº 954/14.HCD.GC.—————————————————–
